2026: Congelación de visados y prohibiciones de viaje
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El 14 de enero de 2026, la administración Trump anunció la congelación de la emisión de visados de inmigrante para los ciudadanos de 75 países. La administración afirma que esta «congelación de visados» tiene por objeto revisar los protocolos de seguridad, «reducir los riesgos» y controlar los flujos migratorios. Sin embargo, la realidad inmediata es que este cambio de política ha suspendido temporalmente la tramitación de visados y restringido los viajes de los solicitantes de numerosos países de todo el mundo. Aunque el panorama jurídico en torno a estas suspensiones es muy cambiante y está sujeto a modificaciones, es importante tener en cuenta cómo esta «congelación de visados» podría afectar a su situación actual o a sus planes de inmigración.
El alcance de las restricciones varía drásticamente según el país de origen y la categoría específica de visado. En particular, la prohibición de viajar basada en la nacionalidad restringe la expedición de visados para 19 países: Afganistán, Birmania, Chad, República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán, Yemen, Burundi, Cuba, Laos, Sierra Leona, Togo, Turkmenistán y Venezuela. Más allá de esta prohibición específica, una congelación más amplia afecta a los solicitantes de una lista designada de hasta 75 países, lo que provoca retrasos indefinidos en muchas solicitudes de visado. Sin embargo, es importante señalar que las solicitudes de visado de inmigrante deben tramitarse primero a través del USCIS, que no ha suspendido la tramitación de las solicitudes de los 75 países. Por lo tanto, es importante ponerse en contacto con un abogado para comprender en qué momento del proceso esta congelación de visados puede afectar a su caso.
Aunque Brasil figura en la lista de 75 países, en el momento de la publicación de este artículo, la suspensión no incluye los visados de no inmigrante para Brasil. Los visados para no inmigrantes se conceden a los extranjeros que desean entrar en los Estados Unidos de forma temporal con fines específicos, como turismo, estudios o trabajo temporal. Esto significa que los solicitantes brasileños pueden seguir optando con seguridad a opciones de empleo para no inmigrantes, como los visados O para personas con habilidades extraordinarias o los visados P para atletas reconocidos internacionalmente, sin estar sujetos a las actuales prohibiciones o suspensiones de viaje.
Esta alerta tiene fines meramente informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Existen muchos cambios e incertidumbres, por lo que le recomendamos que consulte con un abogado cualificado de Santos Lloyd Law Firm, P.C. para comprender cómo estas políticas en constante evolución podrían afectar a su caso específico.
Este blog no pretende ser una asesoría legal y nada aquí debe interpretarse como el establecimiento de una relación abogado-cliente. Programe una consulta con un abogado de inmigración antes de actuar sobre cualquier información que aquí lea.




