Conozca sus derechos: Si ICE viene a su lugar de trabajo
Juliana LaMendola • March 20, 2025
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Todas las personas que viven en los Estados Unidos, independientemente de su estatus migratorio, tienen ciertos derechos constitucionales. Si los agentes del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE por sus siglas en inglés) acuden a su lugar de trabajo, deben tener (1) una orden de registro válida o (2) el consentimiento de su empleador para entrar en zonas no públicas. Las áreas no públicas podrían incluir: salas de descanso del personal, salas de servidores, salas mecánicas, oficinas del departamento de RRHH, salas de reuniones privadas, etc. Sin embargo, el ICE puede entrar en las zonas públicas de su lugar de trabajo (vestíbulo, zona de recepción, aparcamiento, etc.) sin una orden judicial o el consentimiento de su empleador.
Si se encuentra con el ICE en su lugar de trabajo, es importante mantener la calma. Si un agente le detiene, puede preguntar si es libre de marcharse. Si le dicen que sí, aléjese tranquilamente. Si le dicen que no, quédese donde está y no intente marcharse.
Tiene derecho a permanecer en silencio. No tiene que hablar con el ICE, responder a ninguna pregunta ni mostrar ningún documento. Si le preguntan por su lugar de nacimiento, cómo entró en Estados Unidos o su situación migratoria, puede negarse a responder o permanecer en silencio. Si decide permanecer en silencio, dígalo en voz alta: «Decido permanecer en silencio». Si los agentes le piden que se ponga de pie en grupo por su condición de inmigrante, no tiene por qué moverse. Prepárate para hacer valer tus derechos descargando, imprimiendo y llevando contigo una «tarjeta roja» (disponible en https://www.ilrc.org/red-cards-tarjetas-rojas) en la que indiques que no deseas hablar, responder a preguntas ni firmar documentos.
No está obligado a mostrar documentos de inmigración. Puede negarse a mostrar documentos de identidad que revelen su nacionalidad o ciudadanía. Sin embargo, nunca muestre documentos falsos ni facilite información falsa.
Si le detienen o le ponen bajo custodia, tiene derecho a ponerse en contacto con un abogado inmediatamente. Aunque no tenga abogado, puede decir a los agentes de inmigración: «Quiero hablar con un abogado». Si tiene un abogado, tiene derecho a hablar con él y, si es posible, presentar una prueba de esta relación (como un formulario G-28 firmado) a un agente. Si no tiene abogado, pida una lista de abogados pro bono (gratuitos)
o low bono (de bajo coste).
No tiene que firmar nada sin hablar antes con un abogado. Si decide firmar algún documento, asegúrese de que entiende perfectamente lo que significa, ya que la firma puede suponer la renuncia a sus derechos o la deportación.
Si cree que se han violado sus derechos, escriba lo sucedido. Asegúrate de incluir detalles concretos como nombres, números de placa y qué se dijo y se hizo exactamente. Denuncie la violación a un abogado o a una organización de defensa de los derechos de los inmigrantes lo antes posible.
Si usted o alguien que usted conoce puede ser afectado por esta orden ejecutiva, mantenerse informado y entender sus derechos es crucial. En Santos Lloyd Law Firm, P.C., nuestros abogados de inmigración de confianza están disponibles para proporcionar orientación y apoyo durante este tiempo incierto. Por favor contáctenos si necesita ayuda.
Este blog no pretende ser una asesoría legal y nada aquí debe interpretarse como el establecimiento de una relación abogado-cliente. Programe una consulta con un abogado de inmigración antes de actuar sobre cualquier información que aquí lea.

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