Negación de la libertad condicional y cómo afecta el acceso de los inmigrantes a ayuda

Angelica Rice • June 3, 2022
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      Una de las políticas más controvertidas y volátiles del Departamento de Seguridad Nacional (DHS), en este momento, es su política con respecto a la libertad condicional. Según la orientación actual del DHS, “todos los extranjeros sujetos a deportación acelerada que: (i) son extranjeros que llegan a este país (ii) han establecido un temor creíble de persecución o tortura; y (iii) han sido referidos para procedimientos de deportación total bajo la sección 240 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), deben estar detenidos y no tienen derecho a fianza o a una audiencia de fianza, PERO pueden ser puestos en libertad condicional. La concesión de la libertad condicional queda totalmente a discreción del oficial de ICE o CBP que revisa el caso; éste, el oficial decide caso por caso y puede otorgarse “por razones humanitarias urgentes o un beneficio público significativo”.


      Bajo la administración actual de Trump, la libertad condicional se niega con mucha más frecuencia de lo que se otorga. Muchas oficinas de campo y centros de detención de ICE niegan cada vez más la libertad condicional a los solicitantes de asilo y otros inmigrantes, incluso después de que se descubrió que tenían un “temor creíble” de persecución en su país de origen. El resultado es que cientos y miles de inmigrantes están detenidos durante meses sin cargos ni libertad condicional, a pesar de que tienen un caso de inmigración pendiente.

      La guía actual también indica que estos inmigrantes no deben ser liberados con una orden de liberación bajo reconocimiento (OREC) o una orden de supervisión (OSUP). Sin embargo, a pesar de esta guía clara, los oficiales del DHS continúan liberando a muchos inmigrantes, incluidos cubanos, con estas órdenes de reconocimiento y supervisión.

¿Por qué todo esto es un problema? ¿Cómo te afecta esto?

Este es un problema de todos los inmigrantes, pero especialmente de los inmigrantes cubanos.
Si usted es un inmigrante cubano que viene a los Estados Unidos, puede solicitar el ajuste y obtener estatus en los Estados Unidos según la Ley de Ajuste Cubano (CAA).

Sin embargo, para ser elegible para una Tarjeta Verde (Green Card o Tarjeta de residente permanente) basada en la CAA, debe estar presente en los Estados Unidos después de haber sido inspeccionado y admitido o puesto en libertad condicional por un oficial de inmigración después del 1 de enero de 1959. Si usted es cubano que pertenece a la clase de inmigrantes mencionada anteriormente, que ha sido detenido y puesto en libertad bajo una orden de reconocimiento o supervisión, y que no ha recibido libertad condicional o se le ha negado la libertad condicional, NO es elegible para ajustarse según el CAA y obtener su Tarjeta Verde (Green Card o Tarjeta de residente permanente). ¡¡ESTO ES UN GRAN PROBLEMA!!

Este blog no pretende ser un consejo legal y nada aquí debe interpretarse como el establecimiento de una relación abogado-cliente. Programe una consulta con un abogado de inmigración antes de actuar sobre cualquier información que lea aquí.

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